17 ene 2011

Ibarra, 'fiskeado' por Ibercrea

Fuente | Ibercrea

El expresidente de la Junta de Extremadura, Juan Carlos Rodríguez Ibarra, se hacía el otro día el moderno -como de costumbre- desde las páginas de El País a costa del canon digital y los derechos de autor. Lenguarón habitual en sus años de ejercicio político, el 'bellotari' se aventura ahora desde su plácido retiro espiritual con cuestiones sobre las que anda (ligeramente) desinformado. Así, desde Ibercrea le replicaron -echando mano del 'fisking'- de inmediato [los párrafos en negro pertenecen al artículo original; los párrafos en rojo son responsabilidad de Ibercrea]

"Esa actitud es la misma que mantiene la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) con respecto a las Tecnologías de la Información y el Conocimiento, con el canon digital y los derechos de autor".

-No, no es la misma: la Sgae no está en contra de las "Tecnologías de la Información y el Conocimiento" ni de que se desarrollen; posiblemente esté en contra de que se utilicen impunemente para perpetrar lo que la Unión Europea denomina sin ambages "descargas ilegales".

"Intentan parar el progreso y el avance tecnológico con el argumento de que se acabará la creación artística musical y literaria si no se persigue a los jóvenes que, por primera vez en la historia de la humanidad, pueden acceder a la cultura universal con un solo clic".

-Muchos jóvenes también acceden a la cultura "con un solo clic" mediante iTunes o Spotify, y no intentan perseguirles; no intentan "parar el progreso", sino evitar que cualquiera pueda descargarse contenidos protegidos que hayan sido alojados ilícitamente en un servidor por alguien que no tenía legalmente derecho a alojarlo ahí.

"Pura resistencia a los cambios y a los avances. Nadie sabía qué era Spotify hace cinco años; tampoco sabíamos lo que era iTunes, por la sencilla razón de que hace un lustro eso no existía. Lo que sí sabemos es que tanto Spotify, que permite el acceso a grandes catálogos con anuncios o pagando por cuenta premium, como iTunes, que es una gran biblioteca digital, no existirían hoy, para desgracia de la humanidad, si hubieran tenido que pedir permiso para aparecer en la Red".

-Tampoco existirían si la mayoría de usuarios utilizase la tecnología para descargar los contenidos que ofrecen sin pagar por ellos.

"Ambas cosas, igual que Google o Wikipedia, aparecen porque la Red es libre y porque no tuvieron la persecución que aquí se practica contra los que algunos se empeñan en llamar piratas".

-Google y Wikipedia no incumplen las leyes, y respecto a los piratas ¿cómo llamaría a quienes regalan en internet la descarga de un archivo o archivos que contienen el escaneado completo de un libro escrito por otra persona que está a la venta en librerías, cobrando la publicidad insertada en el sitio web desde el que se pueden descargar esos archivos?

"La imposición del canon digital contra viento y marea",

-No es una "imposición contra viento y marea": el canon compensatorio está en la legislación española desde 1987 y, según explica no el Gobierno español, sino la Unión Europea, es "un impuesto o gravamen especial (distinto de otros impuestos generales sobre las ventas) que se percibe al comprar soportes grabables tales como CD y DVD vírgenes o lectores de mp3. En Europa, en los casos y lugares donde se permite la copia privada, este canon permite garantizar una compensación equitativa a los titulares de los derechos".

"así como el intento de perseguir a las páginas que permiten descargas desde lnternet",

-¿Considera que no hay que "perseguir" a las páginas que cobran la publicidad que insertan utilizando como argumento comercial la gran cantidad de visitas que reciben, visitas que acuden porque en dichas páginas, que no alojan obras protegidas, hay enlaces a otros sitios web en los que sí están alojadas sin autorización obras protegidas, cuyos servidores están en Ucrania o Hong Kong y de los que resulta mucho más difícil desalojarlas?

"no van a arreglar el problema que tienen planteado aquellos que se resisten a buscar fórmulas nuevas que permitan seguir manteniendo una Internet libre"

-¿Por qué considera que el respeto a la propiedad intelectual es incompatible con "una internet libre"?

"y adaptar su forma de ganarse la vida a la nueva situación".

-Su forma de ganarse la vida, en "la nueva situación", es exactamente la misma.

"Los creadores se enfrentan al mismo problema al que se enfrentaron otros gremios cuando las circunstancias y las tecnologías cambiaron"

-Cuando las tecnologías cambiaron fue la Unión Europea, no el Gobierno español, la que aclaró en 2001 que "debe facultarse a los Estados miembros para que establezcan una excepción o limitación al derecho de reproducción en relación con determinados tipos de reproducción de material sonoro, visual y audiovisual para uso privado, mediante una compensación equitativa. Ello puede suponer la introducción o el mantenimiento de los sistemas de retribución para compensar a los titulares de los derechos por los perjuicios sufridos. Aunque las diferencias existentes entre tales sistemas de retribución afecten al funcionamiento del mercado interior, en lo que respecta a la reproducción privada analógica, dichas diferencias no deben tener efectos significativos en el desarrollo de la sociedad de la información. La copia privada digital puede propagarse mucho más y tener mayor impacto económico. Por consiguiente, deben tenerse debidamente en cuenta las diferencias entre la copia privada digital y la analógica, y debe establecerse entre ellas una distinción en determinados aspectos". Así reza la número 38 de las consideraciones previas a la adopción de la Directiva 2001/27/EC, publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas el 22 de junio de 2001.

"¿Cómo se protege el derecho del dueño de un bar en un pueblo cuando la carretera deja de pasar por el interior de esa localidad? ¿Y el derecho del fabricante de máquinas de escribir cuando aparece el ordenador? ¿Y el del vendedor callejero de leche de vaca recién ordeñada? ¿Y el del conductor de diligencias cuando apareció el tren?"

-¿Qué derechos son esos? ¿qué textos legales los describen?

"La respuesta puede ser cualquiera menos la de alterar las bases por las que se creó Internet".

-¿iTunes y Spotify alteran "las bases por las bases por las que se creó internet"?

"La Red está basada en la libre circulación de la información que genera una sociedad que funciona a través del intercambio libre de esa información".

-Siempre que ese intercambio, o la información misma, no sea contrario a la legislación vigente.

"Si esa información atenta contra la legalidad, ya se encargarán los Tribunales de Justicia de dictaminar la sentencia pertinente. Hasta el momento no ha habido un solo juez que haya dictaminado como ilegal una descarga".

-El Juzgado de lo Penal nº 1 de Logroño, en su sentencia 308/2008 de 25 de noviembre, dictó la primera condena de prisión en España para un acusado de lucrarse con descargas ilegales de internet. También el juzgado de lo penal de Vigo condenó en enero de 2009 a una pena de un año de prisión y a una indemnización de cerca de 1.800 euros al dueño de una empresa de páginas web de streaming (visionado en tiempo real sin necesidad de descargar el archivo) de películas y series. Lo que algunos jueces no han considerado ilegal son los enlaces a los sitios desde los que se realizan las descargas ilegales (normalmente servidores DD -descarga directa- tipo megaupload o fileshare) o el intercambio de ficheros mediante P2P.

"La única solución que resta es buscar nuevas fórmulas de adaptación a la nueva sociedad sin tratar de impedir el desarrollo tecnológico y el progreso, cosa que nunca nadie pudo hacer a lo largo de la historia".

-Algo que tampoco nadie, al menos entre quienes defienden el respeto a la propiedad intelectual, pretende.

"Si todos los recursos económicos que se han gastado por las sociedades de gestión en sistemas de control, lo hubieran destinado a encontrar nuevas fórmulas, seguramente ahora no estaríamos haciendo ese tipo de preguntas. Las sociedades gestoras de los derechos de autor no pueden contratar a un millón de inspectores para que trabajen velando por la seguridad y el control, pero sí existe un millón de jóvenes que tumban la página web de la SGAE, cada vez que se lo propongan, de una forma legal".

-¿Hay que ceder al chantaje?

"Intentar criminalizarles"

-¿Qué hay que hacer con quienes no respetan la ley?

"es pretender ignorar el funcionamiento básico de Internet"

-No, el funcionamiento básico de internet no es el robo.

"Los que hicieron Wikipedia por amor al arte, son capaces de hacer cualquier cosa… por amor al arte".

-Cualquiera puede hacer lo que quiera por amor al arte, y cualquiera que quiera vivir de su trabajo, según las leyes vigentes, debería poder hacerlo.

"Hasta ahora, todos los sistemas de control han fracasado, por lo que sería más sensato revisar el concepto de propiedad intelectual y derechos de autor en la nueva sociedad digital"

-¿La razón para promover la revisión del concepto de propiedad intelectual es que fallan los sistemas de control desarrollados para impedir el robo de contenidos protegidos?

"y dejarse de perseguir a jóvenes a los que se les insulta llamándoles piratas pero a los que, al mismo tiempo, se les estimula con este apelativo para que se adentren en lo que algunos se empeñan que sea la fruta prohibida".

-¿?

"Los derechos de autor siempre se han basado en el formato físico (discos, casetes, CD, libros, etcétera)".

-No, los derechos de autor no se basan ni se han basado nunca en ningún formato físico.

"Pero el formato físico ya no es necesario, como no lo son los intermediarios, ni los estuches de plástico, ni los discos, ni las tiendas discográficas, ni el horario limitado de esas tiendas. Es cierto que todo el mundo tiene derecho a vivir de su obra, siempre que no pretendan seguir haciéndolo por derechos de copia",

-¿"No pretendan"?

"porque en la sociedad digital el formato es innecesario".

-Así es en algunos casos. Por ejemplo, los billetes de avión ya no existen: desaparecieron en junio de 2008, gracias a la tecnología; sin que ello haya provocado que algunos viajeros dejen de pagar sus vuelos.

"¿No sería mejor para todos que lo entendieran de una vez por todas y que se repensara cómo vivir del trabajo creativo sin alterar las bases de la sociedad digital?"

-¿No sería mejor que quienes citan como ejemplo a Spotify y a iTunes "entendieran de una vez por todas" que ambos respetan los derechos de propiedad intelectual, que en ambos el usuario paga por los servicios que le prestan, que efectivamente el formato no importa y el respeto a la propiedad intelectual no se basa en los derechos de copia, y que todos los argumentos a favor de las descargas ilegales en muy pocos casos son algo más que una justificación para eludir el pago de productos o servicios que están legalmente a la venta.

"Es difícil decir cuál debe ser el papel de las sociedades de gestión colectiva de los derechos de autor en el siglo XXI, pero sí es fácil saber cuál no debe ser su papel, es decir, no deben seguir tratando a los ciudadanos como si Internet no existiera y tampoco la sociedad digital. No se puede pretender seguir manteniendo un sistema de relaciones creador-consumidor como ocurría antes, porque eso significa echarse encima a una parte de la sociedad que reacciona sublevándose contra quienes quieren controlarla".

-En una entrevista publicada en este mismo diario el 7 de noviembre, en una de sus respuestas Felipe González afirmaba: "A mí, por ejemplo, me produce muchísima más inquietud que consagremos el derecho a la propiedad como un derecho inviolable, y que menospreciemos que la propiedad más noble que existe (y que cuando te la quitan, para entendernos, es más alienante) es la propiedad intelectual. La propiedad de la tierra o de una fábrica está bien, y el que se proteja ese derecho de propiedad me parece muy bien, pero que se menosprecie la propiedad intelectual me parece mucho más inquietante".

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